ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE LOS SISTEMAS NACIONALES DE
SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESTADOS UNIDOS, ALEMANIA, ESPAÑA E ITALIA.
Realizado por: Esperanza González, Antonio Vazquez, Noelia Postigo y Estela
Reina.
ESTADOS UNIDOS: En EEUU casi todo está privatizado, especialmente la sanidad, es por
ello que suceden miles de desahucios cada día debidos a facturas médicas que no se han
podido pagar.
Aunque existe una organización, Medicare u Obamacare, que funciona como una especie
de seguro para personas mayores de 65 años o discapacitados. La cual reduce mucho los
costes en sanidad, pero para ser elegido en esta organización hay que cumplir ciertos
requisitos, como por ejemplo documentar que ganas un sueldo mensual que considere que
eres una persona pobre.
En el siguiente video se explica bastante bien como funciona esto, aunque está en inglés:
https://www.youtube.com/watch?v=DublqkOSBBA&app=desktop
En cuanto a la maternidad y el trabajo, lo tienen un poco más complicado que en otros
países como por ejemplo España. Allí las empresas están obligadas a ofrecer 12 semanas
de baja pero no a pagar el sueldo de la mujer durante esas semanas, sólo está obligado a
conservar su puesto de trabajo y a ofrecer una cobertura sanitaria. Además no todas las
empresas están obligadas ni siquiera a ofrecer este permiso.
Este video expone muy bien el funcionamiento:
https://www.youtube.com/watch?v=Puqnz0Kt8h8
La jubilación en USA también es un tema que crea gran controversia desde antiguo. La
jubilación no es considerado un derecho y solo algunas empresas ofrecen un plan de
pensiones, aunque también puedes aferrarte a un plan de pensiones ofrecido por el
gobierno o ahorrar e invertir por tu cuenta.
Para tener una jubilación digna sin un plan de pensiones, deberás haber ahorrado al menos
el 80% de lo que has ganado a lo largo de tu vida laboral. Por ello, es esencial contratar a
alguién que te ayude a organizar dicho plan, existen organizaciones que se encargan de
ello, como son: AARP y ASEC.
Aquí dejo un vídeo explicándolo, aunque también en inglés:
https://www.youtube.com/watch?v=dZ26tm0ovb4
Existen varios países que ofrecen un buen sistema de protección frente al desempleo,
pero, una vez más, Estados Unidos no es uno de ellos. Aunque tampoco es de los peores,
aquí se ofrece el 58% de prestaciones en caso de desempleo, pero para acceder a esto
debe cumplir ciertos requisitos, que varían según el estado, y si los cumple, seguir unos
pasos para presentar su solicitud. Hay diversos programas para ello como
CareerOneStop.org.
En este enlace encontrarás mucha información relacionada:
https://www.usa.gov/espanol/desempleo
En Estados Unidos se distingue entre la protección por accidente laboral o enfermedad
profesional y la derivada por enfermedad común o accidente no laboral. Si bien la primera
está contemplada en la legislación federal y estatal, y puede decirse que los trabajadores en
general pueden disfrutar de la atención médica necesaria, y , en ocasiones, obtienen una
recompensa económica, en cambio la ausencia en el trabajo por enfermedad común o
accidente no laboral no goza generalmente de la misma protección y el trabajador la
mayoría de las veces precisa de un seguro privado de incapacidad y descuenta de sus días
de permiso o vacaciones la ausencia de su trabajo para evitar el descuento en su salario
por cada día de ausencia.
ALEMANIA: Alemania, en cuanto a sanidad, posee dos alternativas, seguro privado y
público a diferencia de EE.UU, que la mayoría es privatizado, todo habitante debe estar
afiliado a algún seguro si ganas más de 400 euros al mes y menos de 49.500 de ingresos
brutos anuales, eres jubilado, estás realizando prácticas, etc. El sistema sanitario en
Alemania tiene buena reputación internacional, por su amplia red de médicos y hospitales.
Sin embargo, esta amplia atención médica es de las más caras.
Si eres ciudadano de la UE, la Tarjeta Sanitaria Europea te servirá mientras seas estudiante
y/o estés buscando un trabajo. Pero si no posees dicha tarjeta y no estás afiliado a ningún
seguro, serás sancionado hasta con 610 euros por mes.
https://www.expat.com/es/guia/europa/alemania/13572-el-sistema-sanitario-en-alemania.ht
ml
En cuanto a maternidad y trabajo, en todos, o casi todos los países existe el miedo de
hablar con tu jefe y decirle sobre tu embarazo, pero en Alemania no es necesario que lo
hayas comunicado para que comience tu protección contra el despido. No será necesario
que esperes a las semana 34 del embarazo para darte de baja, podrás hacerlo antes, ésta
empieza seis semanas antes de la fecha prevista de parto y finaliza ocho semanas después
de dar a luz, serían 14 semanas de baja. Por elección de la persona embaraza, es posible
trabajar durante esta etapa del embarazo. El seguro cubre un máximo de 13€ al día con un
tope máximo de 390€ al mes, el resto lo cubre tu empleador.
https://www.myspanishsoul.com/blog/maternidad-y-trabajo-en-alemania/
Pasamos a hablar de la jubilación para tener derecho a una pensión de vejez en Alemania
se necesitan 5 años de cotización en algún país de la Unión Europea sin importar el
momento en el que se realizaron. La edad de jubilación depende de la fecha de nacimiento
y del sexo. En el caso de faltar algunos meses para cumplir los 5 años de cotización para la
pensión alemana, cabe la posibilidad de cotizar dichos meses de forma voluntaria con un
cuota de 85,05€/mes.
https://destino-alemania.es/jubilacion-y-sistema-de-pensiones-2/
Si su último empleo fue en Alemania tendrá derecho a percibir subsidio por desempleo si
reúne determinados requisitos. Uno de esos requisitos es haber trabajado antes durante un
periodo de tiempo determinado. Por lo general, en los últimos dos años deberá haber
trabajado al menos 12 meses. Recibirá ayuda del Estado siempre que reúna determinadas
condiciones y no solo recibirá ayuda económica, sino que también tiene la posibilidad de
utilizar los servicios que le ofrece la Agencia Federal de Empleo para ayudarle a encontrar
empleo.
https://www.eu-gleichbehandlungsstelle.de/eugs-es/ciudadanos-de-la-ue/infoteca/seguridad-
social/desempleo
Para más información: https://www.youtube.com/watch?v=x_IPEkNYCR8
Incapacidad temporal por contingencias comunes. Si un empleado enferma, este tiene
la obligación de informar No sólo a su empleador sino también a su seguro médico. Esta
información es necesaria para el cómputo del plazo de pago y las prestaciones por
enfermedad. Si un empleado se ausenta de su puesto de su puesto de trabajo durante un
periodo de tiempo de hasta seis semanas, el pago de su salario corre a cargo del
empleador. Esta prestación de enfermedad es por lo general el 70% de los ingresos brutos
y un máximo de 90% del salario neto.
http://trabajar-en-alemania.es/prestaciones-sociales-alemania-baja-medica
Incapacidad temporal por contingencias profesionales. Durante esta situación, se
produce la suspensión del contrato de trabajo, por lo que cesan las obligaciones de trabajar
y remunerar el trabajo, manteniéndose la obligación de la empresa de cotizar. Desde el día
siguiente al de la baja médica, el trabajador accidentado percibirá, mediante pago delegado,
un subsidio equivalente al 75% de su base diaria de cotización. Esta prestación económica
tendrá una duración máxima de 365 días prorrogables por otros 180 días, cuando se
presuma que durante ellos el trabajador puede ser dado de alta médica por curación.
https://www.egarsat.es/que-necesitas/prestaciones/incapacidad-temporal-por-contingencias-
profesionales/
ESPAÑA: El Sistema Nacional de Salud de España es el ente que engloba a las
prestaciones y servicios sanitarios de España, que de acuerdo con la ley son
responsabilidad de los poderes públicos. Creado en 1908, poco a poco fue extendiendo su
cobertura, previo pago de los servicios asistenciales, a toda la población española. En 1989
se completó este proceso; desde entonces la asistencia sanitaria en España es universal y
gratuita, con la excepción del turismo sanitario. Siendo este uno de los países con mayor
esperanza de vida 83 años, tenemos la sanidad mas eficiente de Europa y la tercera del
mundo.
https://youtu.be/0olenJsacvU
En España, la baja por maternidad consta de 16 semanas que se deben disfrutar
ininterrumpidamente y, como ya se ha comentado, la ley permite que la madre ceda hasta
un máximo de diez semanas de permiso al padre, siempre y cuando las seis primeras
semanas posteriores al parto las disfrute la madre. Además, a partir del 1 de enero de 2017,
el permiso de paternidad por nacimiento o adopción de hijo pasa de dos a cuatro semanas,
una ampliación que ya estaba prevista en la Ley de Igualdad de 2007. También está
previsto que a partir de enero de 2018 el permiso de paternidad se amplíe a cinco semanas.
Otra opción que tienen las mamás es hacer uso de la baja maternal a tiempo parcial
(excepto las seis primeras semanas), decidiendo la trabajadora las horas diarias que desea
trabajar hasta agotar el permiso. En este caso, sin embargo, debe existir acuerdo con el
empresario.
https://youtu.be/2YMCY0mEEZo
En él se abordan las claves cómo encara nuestro sistema de pensiones los dos principales
retos que tiene por delante: el déficit de la Seguridad Social, que se situó en 2017 en el
1,6% del PIB y el importante reto demográfico al que se enfrenta, acrecentado por la
próxima jubilación de la generación del baby boom.
El sistema de pensiones español es un sistema de reparto en el que las prestaciones a las
cohortes pasivas se financian mediante las cotizaciones de las cohortes activas. Existen dos
niveles:
- Pensión contributiva obligatoria, que se financia con cotizaciones sociales; la
cuantía de la prestación contributiva se calcula en función del historial laboral.
- Pensión asistencial, para niveles de renta por debajo de unos umbrales, que se
financia con impuestos generales.
Para jubilarse formalmente en España y cobrar una pensión pública contributiva (es decir,
derivada de las propias cotizaciones a la Seguridad Social y no de un régimen asistencial),
los ciudadanos han de cumplir cuatro condiciones fundamentales: estar afiliados en la
Seguridad Social, haber cumplido la edad mínima de jubilación (67 años en 2027, o 65 si se
han cotizado 38 años y medio), haber cotizado al menos 15 años y encontrarse en situación
de hecho causante de jubilación según los estándares legalmente establecidos.
https://youtu.be/wVjS_heytrc
https://youtu.be/UsezsmN56so
ITALIA: En Italia el organismo encargado de prestar la asistencia sanitaria es el Servizio
Sanitario Nazionale. El Servicio Sanitario Nacional se descompone en varios servicios
regionales, denominados Azienda Sanitaria Locale (ASL o Agencia Sanitaria Local), que
gozan de una alta autonomía y se reparten por toda la península. Dada su disparidad de
recursos, existen diferencias considerables entre regiones (calidad de la atención sanitaria,
listas de espera, etc.).
A través del Servicio Sanitario Nacional, las personas con derecho a las prestaciones del
sistema público de salud tienen acceso a atención médica básica de forma gratuita. Para
ser atendido de forma gratuita, es necesario acudir a centros pertenecientes al SSN. Todas
las demás prestaciones (servicios de laboratorio, prótesis, consultas, la mayoría de
especialidades médicas, etc.) sólo están cubiertas parcialmente.
Dado que las listas de espera de la atención sanitaria pública son extremadamente largas, a
veces la búsqueda de asistencia médica privada resulta inevitable, en cuyo caso acudir a un
médico generalista cuesta entre 50 € y 80 € y las consultas con especialistas hasta 150 €.
https://youtu.be/Kjx0lKjm0u8 (está en italiano, pero se pueden poner los subtítulos en
español).
El permiso de maternidad en Italia es de 2 meses antes de que nazca el bebé y tres meses
después de que dé a luz la madre. Incluso, la madre puede solicitar al médico un mes más
de baja a posteriori.
El sueldo estipulado por ley debe ser el 80% del original, pero por lo general las empresas
ofrecen el 100% a sus trabajadoras. En cuanto a los padres, éstos cuentan con 2 días de
baja pagados.
Después de este tiempo, se pueden coger 10 meses voluntarios de baja para el padre y la
madre (máximo 6 meses para la madre y 7 para los padres). Durante este tiempo, se
percibe el 30% del sueldo.
Ninguna compañía puede negarse a este último beneficio social, pero tienes que avisar a la
empresa con 15 días de antelación.
Existen las siguientes medidas: 1. Un sistema de cuentas nocionales de aportación definida.
se trata de cuenta virtual individual de pensión que genera cada trabajador por sus
cotizaciones a la Seguridad Social y por los rendimientos teóricos que se les asignan,
normalmente computando las cotizaciones de toda su carrera profesional. Reflejan los
derechos de pensión que va generando cada persona y la estimación de pensión para su
jubilación.
2. Por otro lado, se ha establecido un sistema obligatorio de capitalización similar a la
“mochila austriaca”: el TFR ("Trattamento di Fine Rapporto"). Las empresas están obligadas
a realizar unas contribuciones, a favor de cada uno de sus empleados, de un 6,91% del
salario, que se ingresan en alguna de las organizaciones de Seguridad Social habilitadas
para ello. Con estas contribuciones y la revalorización que se les asigna se genera un
fondo, con el que se pagaría una indemnización en caso de finalización de la relación
laboral cualquiera que sea su causa (voluntaria o involuntaria).
https://youtu.be/zl-_feJqe2c
En Italia no existe la indemnización de despido. Sin embargo, debes saber que en
cualquier caso de cese de la relación laboral (aunque sea por tu misma voluntad) tendrás
derecho a una liquidación, denominada “Trattamento di Fine Rapporto” – TFR, que equivale
a la retribución bruta percibida dividida entre 13,5 y descontada en un 0,5%.
De todas formas si consideras que la causa del despido no es justa o es discriminatoria,
puedes recurrir a un juez de lo social, haciéndote asistir por un sindicato.
En Italia se tiene derecho a la prestación de desempleo si se pierde el trabajo por voluntad
ajena al trabajador (es decir por despido o por finalización del contrato temporal) siempre
que: - Se haya cotizado al menos 52 semanas en el último bienio - Se tenga una antigüedad
contributiva de al menos dos años, es decir al menos una semana cotizada antes del último
bienio.
La gestión de las prestaciones económicas por incapacidad temporal corresponde al
INPS (equivalente al INSS español) cuando la incapacidad tenga su origen en contingencias
comunes, y al INAIL (Istituto Nazionale per gli Infortuni sul Lavoro) en el caso de accidentes
de trabajo o enfermedades profesionales. Condiciones: 1. Declaración de la incapacidad
para el trabajo. La baja por enfermedad común o por accidente de trabajo debe ser
certificada por un médico del Servicio Sanitario Nacional (médico de cabecera o de familia).
En el caso de enfermedad común, las comunicaciones expedidas por los médicos se
efectúan exclusivamente online, directamente al INPS, que es el ente que se hace cargo de
las prestaciones de enfermedad, quien a su vez se encarga de enviar comunicación al
empresario (sin indicar la enfermedad, sino sólo los días previstos de baja). El médico da al
paciente sólo el número de expediente. En caso de accidentes de trabajo o enfermedades
profesionales, habida cuenta de que el empresario tiene obligación de comunicar al INAIL el
correspondiente parte de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el médico que
haya atendido al accidentado comunica al INAIL el parte de baja y la duración prevista de la
misma.
2. Afiliación mínima. En general no se exige un mínimo de cotización previa, excepto en los
siguientes casos: - Los asalariados del sector agrícola con contrato temporal tienen que
haber cotizado al menos 51 días antes de la enfermedad durante el año en curso o el
anterior. - Los trabajadores del espectáculo deben haber acumulado al menos 100 días de
cotización a partir del 1 de enero del año anterior al comienzo de la enfermedad; - Los
trabajadores “parasubordinados” afiliados a la “gestione separata” tienen que haber
acumulado al menos 3 meses de cotización durante los 12 meses anteriores a la
enfermedad. 3. Sistema de control. En relación con el sistema de control y seguimiento de
la situación de baja por incapacidad temporal, el control se denomina "visita fiscale" y lo
efectúa un médico del Servicio Sanitario (distinto del médico de cabecera) denominado
"medico fiscale" (equivalente a nuestros Inspectores médicos). Puede iniciarse por iniciativa
del INPS o a petición del empleador (con un coste a su cargo).
Nosotros somos Esperanza, Antonio, Estela y Noelia. Y estamos aquí para tener el mejor blog de la clase, pero sobretodo para aprender todo lo posible sobre la formación profesional!
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